En fallo unánime.
CS rechaza protección contra ANFP por denegar acreditación a locutor radial.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el recurso de protección por extemporáneo.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado en contra de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) por denegar acreditación a profesional que se desempeña como panelista, comentarista y relator radial de partidos del campeonato nacional.
La sentencia sostiene que es un hecho pacífico y reconocido por el propio reclamante, que la ANFP envió un correo electrónico al medio radial WanderersFM con fecha 22 de enero de 2018, donde le informa su decisión de no acreditar al actor por todo el Campeonato de Fútbol Profesional 2018, manifestación de voluntad que es idéntica a la contenida en el correo electrónico de 20 de julio de 2018, en virtud de la cual la recurrida da respuesta a la solicitud del señalado medio de reemplazar a uno de sus profesionales.
La resolución agrega que de lo expuesto en los motivos anteriores, se desprende que el acto que causa agravio al recurrente es la decisión de la recurrida, comunicada por correo electrónico de fecha 22 de enero de 2018, de no acreditarlo para el campeonato de fútbol profesional del año 2018, acto respecto del cual el propio actor reconoce que decidió no impugnar.
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