En fallos unánimes.
Corte Suprema rechaza reclamos de ilegalidad por límites a construcción de edificios en Estación Central
El máximo Tribunal descartó actuar arbitrario del municipio al realizar observaciones a los proyectos de construcciones de edificios ubicados en Toro Mazote N° 315; Toro Mazote N° 304; Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N° 3.901 y Recreo N° 321, todos ellos de propiedad de la Inmobiliaria Suksa Limitada.

En fallos unánimes, la Corte Suprema rechazó cuatro reclamos de ilegalidad presentados en contra de la Municipalidad de Estación Central por las decisiones que limitan la altura en la construcción de edificios en la comuna.
La sentencia establece que son los planos reguladores comunales los que deben normar los proyectos de edificación de altura continua y que ante la ausencia u omisión de ese instrumento no se puede dejar esa decisión a la libre determinación de las inmobiliarias.
Que, sin perjuicio de lo anterior, cabe referir además, que si esta Corte hiciera abstracción de lo señalado, resulta que todos los capítulos de casación se construyen sobre la base de una línea argumental: la interpretación errónea de la normativa urbanística, toda vez que el sistema de agrupamiento que se propone por el titular del anteproyecto de edificación, es completamente viable de ser desarrollado en el polígono de la comuna de Estación Central.
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