Por unanimidad.
CS rechazó por manifiesta falta de fundamento recurso de casación en el fondo contra sentencia que rechazó demanda de procedimiento ordinario sobre indemnización de perjuicios.
La Corte Suprema señaló que, las inadvertencias denunciadas por la recurrente no ha podido agraviarla porque no tienen la trascendencia que les asigna ni influyen sustancialmente en lo dispositivo del fallo.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo por manifiesta falta de fundamento deducido por la parte demandante en procedimiento ordinario sobre indemnización de perjuicios en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó la sentencia de primera instancia del 17° Juzgado Civil de Santiago que rechazó la demanda, sin costas.
En su sentencia el máximo Tribunal señaló que, el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con lo previsto en los artículos 764 y 767 de ese cuerpo legal, permite, como sustento de la nulidad de la sentencia impugnada, el quebrantamiento de una o más normas legales contenidas en la decisión, imponiendo a quien recurrió el deber de expresar circunstanciadamente en qué consisten él o los errores de derecho de que adolece el fallo y, con la misma rigurosidad, el modo en que tales desaciertos han influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia que trata de invalidar.
El fallo indicó que, en otras palabras, para la interposición de un recurso de casación en el fondo se requirió, además de otras exigencias, que sea deducido por la parte agraviada, por cuanto diferentes requisitos comparte el recurso de casación con los recursos en general, siendo una de ellas precisamente el agravio que debe manifestar y soportar quien lo interpone.
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