Diario Constitucional

En forma unánime.

CS revoca sentencia y acoge protección en contra de Administración de Edificio por impedir uso de espacios comunes e interrumpir servicios de electricidad y agua caliente de propietario por deuda de gastos comunes.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley y su derecho de propiedad.

Por Redacción·31 de agosto de 2019·2 min de lectura
CS revoca sentencia y acoge protección en contra de Administración de Edificio por impedir uso de espacios comunes e interrumpir servicios de electricidad y agua caliente de propietario por deuda de gastos comunes.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Santiago y acogió una acción de protección en contra de administración del edificio que habita la recurrente, por interrumpir los servicios de electricidad y agua caliente de su unidad, así como impedir el uso de espacios comunes, por existir una deuda de gastos comunes.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley y su derecho de propiedad.

El máximo Tribunal expuso en su sentencia que como es sabido y se sigue de lo dispuesto por los artículos 19, número 3, y 76 de la Constitución Política de la República, 1º del Código Orgánico de Tribunales, y demás disposiciones legales que proscriben el uso de la fuerza en sus diversas formas, la autotutela está generalmente prohibida y es procedente únicamente en aquellos casos en que el ordenamiento jurídico la permite, circunstancia a partir de la cual cabe concluir que la única medida que en tal sentido puede adoptar la administración de una comunidad de copropietarios sujeta al régimen previsto en la señalada ley, cual es, el corte del servicio eléctrico.

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