Por unanimidad.
CS revocó sentencia y acoge amparo en favor de condenado por el delito de desacato a quien se le negó optar al beneficio de libertad condicional.
El amparado cumple todos los requisitos establecidos en la Ley.

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y en su lugar acogió amparo deducido en favor de condenado por el delito de desacato, a quien la Comisión de Libertad Condicional de la quinta región le denegó la su postulación a dicho beneficio carcelario.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso señaló que, de los antecedentes que obran en la causa aparece manifiesto un informe psicosocial de gendarmería al amparado, en el cual existe un peligro de reincidencia medio, por el cual la Comisión de Libertad Condicional tomó la determinación de no otorgar tal beneficio penitenciario, razón suficiente para desestimar la acción de amparo intentada.
A su turno, la Corte Suprema al conocer el recurso estimó que los antecedentes aportados por Gendarmería no resultan suficientemente categóricos para determinar que el amparado no presenta avances en su resocialización, máxime si se considera que el amparado reúne todos los requisitos para optar a tal beneficio, por lo que se acogió la acción y se le reconoce el derecho a optar a la libertad condicional.
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