Debe tener reconocimiento constitucional explícito.
Deporte y Constitución: Por el derecho al deporte, la actividad física y la recreación, es la presentación de Francisco Ceresuela en la Convención Constitucional.
Por tratarse de una actividad de alto interés público, el Estado debe ser su principal promotor, aunque los privados tienen también un gran rol y responsabilidad en su desarrollo.

La iniciativa “El deporte: derecho constitucional y deber del estado”, presentada por Francisco Ceresuela, pone de relieve la necesidad de visibilizar la importancia del deporte para que se constituya en un derecho de las personas y, fundamentalmente, un deber del Estado. No bastan, afirma el autor de la propuesta, las declaraciones de derechos sólo con la finalidad de limitar el ejercicio del poder político y prevenir abusos del gobernante, pues el desarrollo integral de la persona humana demanda una ampliación de la naturaleza y características de los derechos reconocidos constitucionalmente, tal como lo recogen los textos constitucionales contemporáneos.
El derecho al deporte, sostiene, es un derecho de tipo social, económico y cultural, reconocido ampliamente en el derecho comparado.
Cita la Constitución de Portugal, que explicita: “todos tienen derecho a la cultura y el deporte. Incumbe al Estado, en colaboración con las escuelas y las asociaciones y colectividades deportivas, promover, estimular, orientar y apoyar la práctica y la difusión de la cultura física y el deporte, así como prevenir la violencia en el deporte”.
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