Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

Descuentos a docentes realizados por el municipio revisten manifiesta antijuridicidad pues no hubo indagación que determinara la identidad de quienes participaron en la paralización.

Se debió instruir una investigación previa que determinara las identidades de los involucrados y los hechos constitutivos de la infracción.

Por Redacción·27 de julio de 2020·2 min de lectura
Descuentos a docentes realizados por el municipio revisten manifiesta antijuridicidad pues no hubo indagación que determinara la identidad de quienes participaron en la paralización.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y acogió el recurso de protección deducido por los docentes en contra de la municipalidad por el descuento en sus remuneraciones producto de su participación en una paralización nacional.

Las circunstancias que motivaron la medida cuestionada, señala el fallo, no consisten en el incumplimiento de la obligación de los recurrentes de asistir a su jornada de trabajo, sino que en la paralización de actividades con ocasión de un paro de los docentes a nivel nacional, hechos que habrían constituido una infracción a la prohibición de «dirigir, promover o participar en huelgas, interrupción o paralización de actividades, totales o parciales», que establece el artículo 82 letra i) de la Ley Nº18.883. La diferencia destacada conduce a entender las ausencias como una circunstancia distinta de lo cotidiano, con trascendencia más allá de lo puramente personal. Así, configurándose una eventual falta a los deberes funcionarios, ello podría traer aparejado para los profesores infractores posibles medidas disciplinarias, para cuya imposición se requiere necesariamente que la responsabilidad administrativa se acreditara mediante una investigación sumaria o sumario administrativo que en el caso no fue realizada, de modo que el municipio recurrido vulneró la garantía del Nº24 del artículo 19 de la Constitución, desde que se privó a los recurrentes de una parte de sus remuneraciones al atribuírseles una presunta responsabilidad administrativa que no fue previamente establecida mediante una completa investigación disciplinaria.

Añade la sentencia que los descuentos realizados por el municipio recurrido revisten una manifiesta antijuridicidad, puesto que no hubo una indagación previa a fin de determinar la identidad precisa de aquellos que tuvieron participación en los hechos denunciados en el recurso de protección, en cuya resolución firme y una vez afinada se basaran los descuentos a sus remuneraciones, debiéndose haber dilucidado los hechos que originaron la sanción a través de la instrucción de una investigación en la que se determinaran completamente las identidades de los involucrados y los hechos constitutivos de la infracción y de aquellos elementos que agraven o mitiguen la falta cometida o que los eximieran de responsabilidad, en su caso.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.