Diario Constitucional

Decreto N° 50, del Ministerio de Obras Públicas.

Juzgado Civil de Santiago condena a Centro Médico por daños provocados por escurrimiento de agua.

Tribunal acogió la demanda presentada por cirujano plástico, tras establecer la responsabilidad de la Sociedad Centro Ginégico - Obstétrico Manquehue Limitada demandada por los daños provocados a equipos de cirugía láser.

Por Redacción·12 de enero de 2018·4 min de lectura
Juzgado Civil de Santiago condena a Centro Médico por daños provocados por escurrimiento de agua.
Referencial

El Undécimo Juzgado Civil de Santiago acogió demanda presentada en contra de la Sociedad Centro Ginégico – Obstétrico Manquehue Limitada por los daños provocados por el rebalse de lavamanos, a consulta médica ubicada un piso más abajo del centro demandado.

La sentencia sostiene que los hechos establecidos en el motivo precedente requieren, a la luz del objeto de este juicio, una precisión. En efecto. Las filtraciones de agua a la oficina 303 se generan a consecuencia del derrame o rebalse de un lavamanos y la existencia de una perforación, hechos ambos que se producen en las dependencias de la sociedad demandada. Lo dicho resulta relevante pues el escurrimiento no se produce a consecuencia de una filtración o rotura en alguna cañerías, pues de haber sido así se estaría en la hipótesis del artículo 2 N° 3 letra a) de la Ley N° 19.537 Sobre Copropiedad Inmobiliaria, norma que excluye la titularidad pasiva de la sociedad demandada.

La resolución agrega que de los artículos 1437, 2284, 2314 y 2329 del Código Civil es posible afirmar que la atribución de responsabilidad civil requiere, necesariamente, que a quien se le imputa responsabilidad haya incurrido en culpa, sea en la forma de dolo o de negligencia además la existencia entre dicha conducta y los daños generados de una relación de causalidad".

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