Diario Constitucional

Divulgadas además en Internet.

Juzgado Civil de Santiago condena a templo evangélico por injuriar a Ong durante prédica dominical.

En Tribunal acogió la acción indemnizatoria deducida, tras establecer que en la prédica se vertieron declaraciones ofensivas al atribuir a la ONG demandante la promoción de prácticas sexuales penadas por la ley.

Por Redacción·15 de agosto de 2018·4 min de lectura
Juzgado Civil de Santiago condena a templo evangélico por injuriar a Ong durante prédica dominical.
Referencial

El Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago condenó a la Catedral Evangélica de Chile a pagar una indemnización de $5.000.000 por injurias proferidas en contra del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), durante prédica dominical, en noviembre del año pasado.

La sentencia sostiene que en relación con el análisis del contenido de las declaraciones que motivan la demanda, se desprende que éstas dicen relación con la libertad de opinión, más que con la libertad de información, ya que se refieren a una interpretación sobre el contenido de un proyecto de ley impulsado por la organización demandante, más que con la divulgación de hechos o acontecimientos sin entrar a interpretarlos u opinar sobre los mismos, e incluso la propia demandada reconoce en la página 5 de su contestación que dichas declaraciones constituyen una opinión emitida en el contexto de una ceremonia de culto habitual, por lo cual cobra plena aplicación lo expresado en el párrafo anterior, en el sentido que, en el ejercicio de la libertad de emitir opinión, existe, asimismo, el derecho a no ser lesionado injustamente por causa del contenido de nuestras expresiones, por lo que no todo lo que se dice constituye siempre, por el solo hecho de estar contenido a través del lenguaje, una libertad protegida por la libertad de expresión, pues el ejercicio legítimo de un derecho no puede consistir en la lesión de otro derecho.

La resolución que agrega que al haber quedado asentado en la letra "A" del fundamento decimoquinto que el pastor, en la oportunidad allí mencionada, declaró ante el público concurrente a la ceremonia que "el MOVILH está pidiendo que una relación sexual entre un adulto y un niño menor de 14 años sea consentida", lo que, en sus palabras, significa "que un niño diga ‘si, yo tengo ganas de estar con este señor', pero ¿ustedes se imaginan lo que es un niño abandonado en una calle, debajo de un puente, que le ofrezcan un par de zapatillas Nike o un polerón que él desea, por mantener una relación sexual con ese adúltero, o ese pecador, comprándose a ese niño?", del contenido de tales declaraciones se desprende que su emisor está concluyendo u opinando ante los presentes que la organización demandante, con el proyecto de ley que impulsa, está promoviendo la práctica de relaciones sexuales consentidas entre adultos y menores de 14 años".

Comentarios (1)

  1. MichaelRip

    Heterosexual

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.