Se acoge parcialmente la demanda.
Juzgado Civil de Santiago ordena a empresa eléctrica reembolsar al Fisco por traslado de cables en Concepción.
El Tribunal ordena a CGE Distribución S.A reembolsar al Fisco la suma de $97.423, más intereses y reajustes, por el traslado de cables eléctricos por ampliación de la ruta al aeropuerto Carriel Sur de Concepción.

El Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente demanda presentada por el Fisco en contra de la empresa CGE Distribución S.A., por el traslado de cables de tendido eléctrico de la vía pública en Concepción.
La sentencia sostiene que ha quedado establecida la existencia del derecho a reembolso que le asiste al Fisco en el caso de marras, y, consecuencialmente, de la obligación correlativa que pesa sobre la demandada, en orden a reintegrar al Fisco la suma egresada de su patrimonio el día 28 de febrero de 2013, con motivo de lo dispuesto por la Dirección de Vialidad en los actos administrativos señalados en los números 4, 5 y 6 del motivo quinto.
La resolución agrega que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 1698 del Código Civil, es carga de la demandada acreditar la extinción de la obligación de reembolso en comento, no obstante lo cual, de los medios probatorios allegados al proceso, señalados en los numerales quinto y sexto de la sentencia, no se desprenden elementos de convicción que permitan determinar la efectividad de que la demandada haya reembolsado la suma cobrada, o que la obligación en cuestión se haya extinguido por algún otro de los modos previstos en el Título XIV del Libro IV del Código Civil, por lo cual se considerará vigente y exigible la obligación de la demandada, en orden a reembolsar al Fisco la cantidad cobrada en la demanda.
Te puede interesar

Divulgadas además en Internet.
Juzgado Civil de Santiago condena a templo evangélico por injuriar a Ong durante prédica dominical.

En fallo unánime.
Operación Colombo: CS condena a ex agentes de la DINA por secuestro de Jorge Grez Aburto.

Opinión.
Acerca de la mitigación del daño contractual desde una teoría general de prevención del daño.

