Artículos 178 y 180 del Código de Procedimiento Civil.
Juzgado Civil ordena a condenada por ejercicio ilegal de la profesión de enfermera restituir remuneraciones fiscales.
El Tribunal ordenó a la demandada restituir $71.188.033 que fueron percibidos de manera irregular entre 2010 y 2013, en consultorio de Pudahuel, al que ingresó utilizando un título falso.

El Séptimo Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda de indemnización de perjuicios presentada por el Fisco en contra de condenada, por ejercicio ilegal de la profesión de enferma que recibió remuneraciones de la administración pública.
La sentencia sostiene que tanto la existencia de los hechos como la participación que en delito cupo a la demandada de autos está establecida mediante copia de sentencia dictada en sede penal, la que surte efectos de cosa juzgada en materia civil en cuanto a la acreditación del hecho ilícito y la participación del demandado, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 178 y 180 del Código de Procedimiento Civil.
La resolución agrega que la demandada, según lo razonado precedentemente, actuó con dolo cumpliéndose con los requisitos de la acción resarcitoria y la pone en la obligación de indemnizar el daño causado en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2314 del Código Civil, en este caso, los daños ocasionados al demandante, ya que existe un nexo de causalidad entre el daño y la acción del agente de acuerdo a lo antes razonado.
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