No se adoptaron medidas de precaución.
Juzgado de Letras de Vicuña ordena a municipalidad indemnizar a padres de alumno que sufrió un accidente en el colegio que le produjo un daño permanente en la córnea del ojo derecho.
En el fallo, la magistrada ordenó al municipio demandado el pago de la indemnización por daño emergente y daño moral, tras establecer la falta de servicio de la Municipalidad de Vicuña y el actuar negligente del colegio.

El Juzgado de Letras de Vicuña condenó a la municipalidad local a pagar una indemnización total de $10.227.220 a los padres de alumno que sufrió, al interior de la establecimiento municipal Escuela Ríos del Elqui, un accidente que le produjo un daño permanente en la córnea del ojo derecho.
La sentencia indica que el hecho que la escuela no haya adoptado medidas de precaución, resguardo y advertencia, además de haber permitido la utilización de una sustancia tóxica capaz de producir daño significativo al contacto con las personas, como ocurrió en la especie, es constitutivo de falta de servicio, por ser generador de responsabilidad, toda vez, que dicha conducta omisiva se desarrolló en el contexto de la prestación del servicio educacional, que comprende el deber de velar por la seguridad y cuidado de los alumnos a fin de evitar exponerlos a riesgos innecesarios, deber que no se cumplió, pese que se encontraba obligado a hacerlo.
La resolución agrega que, en la prueba documental rendida por la parte demandante se evidencian los daños sufridos por el menor a consecuencia del accidente escolar, dando cuenta que el niño sufre de un trastorno por ansiedad con síntomas de estrés post traumático a consecuencia del accidente, y que presenta daños en la córnea de su ojo derecho causado por el contacto que tuvo con pintura con cal, presentando un leucoma, lo que requiere de tratamiento permanente e incluye evaluación de injerto de córnea.
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