Artículo 118 del DFL N°1.
Juzgado Laboral de Concepción ordena al Ejército indemnizar a sargento por llamado a retiro discriminatorio.
El Tribunal acogió la acción de tutela laboral, tras establecer el actuar arbitrario y discriminatorio y ordenó a la recurrida pagar una indemnización total de $33.221.595 al ex militar.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción condenó al Ejército por despido arbitrario y con vulneración de derechos fundamentales de sargento primero dado de baja del instituto castrense, en abril del año pasado.
La resolución establece que el llamado a retiro del servicio activo del demandante es simplemente un acto que no se ajusta a la legalidad vigente, ya que se trata de un funcionario llamado a prestar servicios en sus filas en forma permanente y que, por tanto, solo podía ser llamado a retiro, al igual que los funcionarios de su rango, del cuadro permanente y que no fuesen CPRASA (Cuadro Permanente de Reserva Llamado al Servicio Activo), a los 35 años de servicios, si se quería prescindir de sus calificaciones en Lista N°1, ya que al incluirlo en la Lista de Retiro respectiva, sin considerar tales calificaciones se incumplió con lo dispuesto en el artículo 118 del DFL N°1, tantas veces citado, al no ajustarse el Ejército al orden de prelación en las listas de calificación que le impone la ley.
Por tanto, concluye:
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