Recurso de protección acogido.
Ley N°19.585 eliminó las diferencias entre las distintas categorías de hijos que existían hasta su dictación, de allí que negar la posesión efectiva por no haber sido reconocida en forma expresa por su madre en una escritura pública es ilegal.
Sostener que no tendría filiación materna determinada es un criterio que se aparta de la letra de la ley vigente en materia de filiación como de su espíritu.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación por negar la posesión efectiva a la recurrente, al considerar que la causante no tiene filiación determinada por padre y madre, y por tanto no se logra acreditar el vínculo de parentesco que tendría con la peticionaria.
La acción del recurrido es ilegal, concluye la Corte, puesto que junto con desconocer la filiación de la recurrente respecto de su prima causante fallecida, desestima los derechos que la normativa vigente le otorga como solicitante de la posesión efectiva denegada en relación a la causante, decisión que se traduce en una discriminación que va más allá de las diferencias que contempla el ordenamiento y, por consiguiente, afecta de la garantía de la igualdad ante la ley que la Constitución le reconoce, en relación a aquellas personas a quienes se les ha aceptado la solicitud de posesión efectiva, cumpliendo los mismos requisitos, como también el derecho de propiedad que resulta desconocido en relación al contenido de los derechos hereditarios preteridos.
La Ley N°19.585, señala el fallo, eliminó las diferencias entre las distintas categorías de hijos que existían hasta antes de su dictación por lo que pretender que, en definitiva, por no haber sido reconocida en forma expresa por su madre en una escritura pública, la causante no tendría filiación materna determinada, es un criterio que se aparta incluso de la letra de la ley vigente en materia de filiación como de su espíritu, que persiguió terminar con las diversas categorías de hijos y, con ello, las discriminaciones a que daba lugar.
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