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Derechos Humanos.

Ministro Carlos Aldana absuelve a civiles por falta de participación en homicidio en Puente Niblinto en 1973.

El ministro en visita absolvió a los civiles acusados, tras establecer que no existen elementos que permitan acreditar que tuvieron una participación culpable en la comisión del ilícito.

Por Redacción·20 de noviembre de 2019·3 min de lectura
Ministro Carlos Aldana absuelve a civiles por falta de participación en homicidio en Puente Niblinto en 1973.
Referencial

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones de Concepción y Chillán, Carlos Aldana Fuentes, decretó la absolución de Fernando Humberto Villegas Romero y Manuel Gustavo Aguilar Soto de responsabilidad en el delito de homicidio calificado de Fernando Carrasco Pereira. Ilícito perpetrado en septiembre de 1973, en la comuna de Coihueco.

El ministro en visita absolvió a los civiles acusados, tras establecer que no existen elementos que permitan acreditar que tuvieron una participación culpable en la comisión del ilícito.

La sentencia sostiene que en este contexto normativo, tenemos que el acusado Fernando Humberto Villegas Romero, en sus declaraciones de fojas 414, 509, 1.448 y 1.475 de estos autos, ha sostenido en forma consistente y permanente que si bien tenía un arma en el día de los hechos que le había entregado Bustos Hoffman, nunca la disparó, porque tenía una falla en el percutor, que le impedía ser utilizada. Es decir, niega haber disparado en contra de la víctima y por consiguiente, como señala su defensa, que no tiene responsabilidad alguna en los hechos materia de la acusación. Entonces, para ser condenado, es necesario acreditarle su participación culpable.

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