Violencia en tiempos de pandemia.
Reportaje: El problema de la competencia jurisdiccional en la violencia intrafamiliar
Para que Estado ejerza de mejor manera su deber de protección para con las víctimas, se requiere claridad de las conductas típicas y estandarización de las pautas de riesgo.

Por Sofía Bustos (*)
Acorde a lo señalado por el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, desde el inicio de la pandemia, han disminuido entre un 12% y 20% las denuncias por violencia intrafamiliar a Fiscalía en relación al mismo periodo en 2019. Mientras que las llamadas al Fono de Orientación 1455 y el Fono 149 de Carabineros, han aumentado un 80%, lo que puede explicarse por la diferencia sociolegal entre las causas de violencia intrafamiliar que llegan a sede penal, conocidas por Fiscalía y aquellas que quedan en sede de familia.
En nuestra legislación, la violencia intrafamiliar se encuentra tratada en la Ley 20.066 de Violencia intrafamiliar, la Ley 19.968 de Tribunales de Familia, el Código Penal y los tratados internacionales ratificados por Chile, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación en contra de la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) y la Convención Interamericana para prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
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