Diario Constitucional

Guía legal.

Sobre el pago de facturas a treinta días.

El plazo inicial para pagar las facturas es de 60 días y 25 meses después de la publicación de la ley se aplicarán los 30 días. La publicación en el Diario Oficial fue 16 de enero de 2019.

Por Redacción·08 de julio de 2019·5 min de lectura
Sobre el pago de facturas a treinta días.
Referencial

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se informa de la ley que establece el pago del saldo de las facturas a treinta días (contados desde la recepción de la factura) para ventas y servicios.

Las operaciones que considera la ley son las de compraventa, de prestación de servicios, o aquellas que la ley asimile a tales operaciones. Se estipula que el vendedor o prestador del servicio deberá dejar constancia, en el original de la factura y en la copia, del estado de pago, del precio o remuneración y de las modalidades en que se resolverá la “solución del saldo insoluto” (lo que falta por pagar), en su caso, y el plazo de pago.

El saldo que resta, contenido en la factura, debe ser pagado de manera efectiva en el plazo máximo de treinta días corridos contado desde la recepción de la factura, norma que se aplicará gradualmente

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