Diario Constitucional

Opinión.

Sobre las acciones de clases en Francia.

Respecto de la legitimación activa manifiesta que la legitimación activa corresponde a las asociaciones jurídicamente constituidas. No pueden ser iniciadas por un damnificado particular.

Por Redacción·04 de marzo de 2019·2 min de lectura
Sobre las acciones de clases en Francia.
Referencial

Recientemente, Martina L. Rojo, publicó un artículo en que habla acerca de las acciones de clase.

Así, comienza por señalar que la “action de groupe” es una acción judicial iniciada por un número de personas que han sufrido un mismo perjuicio. Involucra una categoría un grupo de personas designados en inglés como « class », clase y que responden todos a una misma categoría. A mayor abundamiento, aclara que la inclusión de acciones de clase en Francia se debate desde principios de los años 2000. En el año 2005 el presidente de la República manifiesta su voluntad de incorporar este tipo de acciones en Francia. Se realiza un informe parlamentario, se elaboran diversos proyectos de ley, inclusive un proyecto bastante finalizado en 2006. Pero luego el mismo es retirado del orden del día de la Asamblea. Lo mismo se repitió en el año 2009.

Lo anterior, explica la autora, se debió a que la compatibilidad del mecanismo de la acción de grupo con los principios del derecho francés suscitó numerosos debates, tanto por razones jurídicas como culturales. Unas voces se alzaban para señalar la contrariedad del principio mismo de acción de clase con las reglas fundamentales del procedimiento civil francés. No obstante, en 2014 la República Francesa aprobó la normativa que introdujo la acción de clase en derecho francés, con el nombre de “action de groupe”.

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