El requerimiento carece de fundamento plausible.
Tribunal Constitucional declaró inadmisible requerimiento de inaplicabilidad de Martín Pradenas por lo que no podrá recurrir de nulidad en contra de la sentencia condenatoria dictada en el segundo juicio oral.
Martín Pradenas obtuvo en el segundo juicio una condena inferior, por lo que la DPP no logra explicar por qué se podría configurar un conflicto a nivel constitucional, o bien una discriminación arbitraria o una infracción al derecho a defensa.

La Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad, deducido por Martín Pradenas, respecto del inciso segundo del artículo 387 del Código Procesal Penal.
El precepto legal impugnado establece:
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Recurso de amparo acogido.
Martín Pradenas todavía es imputado y no condenado, por lo que el traslado de unidad penal debe ser autorizado por el Tribunal, resuelve Corte de Temuco.

Reclamo de ilegalidad rechazado.
Defensoría Penal Pública debe entregar información de causas sobre delitos contra DDHH cometidos por Carabineros, en virtud del principio de publicidad, resuelve la Corte de Santiago.

Recurso de amparo rechazado por Corte de Valparaíso.
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