Entrará en vigencia el 2 de enero de 2020.
Tribunal de Defensa de la Libre Competencia dicta Auto Acordado sobre tramitación electrónica de los procesos.
Todos los procedimientos seguidos ante el Tribunal serán tramitados de manera electrónica, de conformidad con lo establecido en el Auto Acordado y sin perjuicio de las excepciones establecidas en él.

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial el Auto Acordado Nº 19-2019 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, sobre tramitación electrónica de los procesos, el que entrará en vigencia, de acuerdo a lo señalado en la disposición vigesimotercera, a contar del 2 de enero de 2020.
A partir de la fecha indicada todos los procedimientos seguidos ante el Tribunal serán tramitados de manera electrónica, de conformidad con lo establecido en el Auto Acordado y sin perjuicio de las excepciones establecidas en él. Para estos efectos la nueva reglamentación prevé que el Tribunal dispondrá el funcionamiento de una Oficina Judicial Virtual, la cual estará compuesta por un conjunto de servicios entregados a través del portal de internet del Tribunal, a la que tendrán acceso los usuarios que previamente se identifiquen en conformidad a lo dispuesto en él.
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