SMA ordenó su ingreso al SEIA.
Tribunal escuchó alegatos en reclamación de planta de extracción y procesamiento de áridos ubicada en Puente Alto.
Minera Rosario sostiene que existe una discrepancia entre lo que se les ha imputado, ejecutar una actividad de extracción de áridos de un pozo sin contar con una resolución de calificación ambiental (RCA) favorable, y lo que ha resuelto la SMA, el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de la “Planta de áridos minera Rosario-Puente Alto,

El Segundo Tribunal Ambiental realizó la audiencia en reclamación presentada en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que ordenó el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de proyecto de extracción y procesamiento de áridos ubicado en la comuna de Puente Alto, región Metropolitana.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s), y Cristián López Montecinos, y la ministra de la Corte de apelaciones de Santiago, Natacha Ruz Grez. Los alegatos fueron realizador por los abogados Michael Hantke Domas, por la reclamante, Minera Rosario Ltda., y Estefani Sáez Cuevas, por la Superintendencia del Medio Ambiente.
La reclamante acudió al Tribunal luego que la SMA dictó la resolución en que requirió el ingreso al SEIA del proyecto “Planta de áridos Minera Rosario-Puente Alto”, pues esta se encontraría en una presunta elusión al Sistema toda vez que cumpliría con las condiciones para ello. Afirma que dicha planta cuenta con todos sus permisos y resoluciones, no siendo necesario su ingreso a evaluación ambiental y que no esta no fue objeto de la denuncia que generó la actuación de la SMA.
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