Acto arbitrario.
Tribunal Laboral acogió tutela de derechos fundamentales por despido de trabajador luego de período con licencia médica.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó acogió una acción de tutela interpuesta por un trabajador en contra de una empresa de paneles, con ocasión de su despido vulneratorio de derechos fundamentales.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó acogió una acción de tutela interpuesta por un trabajador en contra de una empresa de paneles, con ocasión de su despido vulneratorio de derechos fundamentales correspondientes a la integridad física y psíquica garantizado en el artículo 19 N°1 de la Carta Fundamental, en relación al artículo 485 del Código del Trabajo.
En su sentencia, aduce el Tribunal laboral que“(…) en el caso en comento, el actor sufrió un detrimento psicológico, recibió un trato discriminatorio al no otorgarle el trabajo para el cual fue contratado, siendo que había sido dado de alta por el médico tratante. Que tampoco se le ofreció una oportunidad de realizar otro trabajo sino que se dio por sentado que el trabajador ya no tenía las mismas habilidades sin que se le diera la oportunidad de hacerlo sino que se le discriminó a priori”.
Enseguida, agrega el fallo que “el argumento de la demandada de que el trabajador nunca hizo una denuncia ante la Inspección Provincial del Trabajo con anterioridad al despido por vulneración de derechos fundamentales y actos discriminatorios no resulta ser valedero, ya que al dependiente le resulta sumamente riesgoso hacerlo ya que pone en peligro su fuente de ingresos proveniente de su trabajo”.
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