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300 euros por hora.

TS de España confirmó sentencia que impidió a un despacho de abogados cobrar 300.000 euros a dos asociaciones de transporte de Galicia.

La Magistratura española concluyó que las cifras que se manejan están “fuera de lugar”, máxime cuando se pretenden cobrar sorpresivamente, sin ningún tipo de advertencia previa al cliente. Así, consideran “evidente” que, si llegan a informar del coste de sus servicios, no los hubieran contratado.

Por Redacción·25 de febrero de 2021·2 min de lectura
TS de España confirmó sentencia que impidió a un despacho de abogados cobrar 300.000 euros a dos asociaciones de transporte de Galicia.
Referencial

El Tribunal Supremo de España confirmó la sentencia de la Audiencia de A Coruña que impide a un despacho de abogados cobrar 300.000 euros a dos asociaciones de transporte de Galicia.

Respecto de los hechos, consta que el máximo Tribunal ha inadmitido el recurso de casación presentado por un despacho de abogados de A Coruña contra la sentencia de la sección tercera de la Audiencia Provincial en la que rebaja a 19.575 euros la minuta de 300.000 que pretendía cobrar a la Federación Gallega de Servicios de Transporte de Autobús (Fegabus) y a la Federación Gallega de Transporte de Viajeros (Fegatravi).

Las dos entidades acudieron al despacho de abogados para que les prestaran asesoramiento jurídico relacionado con la incidencia de una sentencia del Tribunal Supremo que afectaba a los plazos y prórrogas de las concesiones de transportes de viajeros de Galicia. La Audiencia Provincial indica en su sentencia, confirmada ahora por el Supremo, que llama “la atención” que no se hubiese advertido previamente a los clientes “del importante coste que tendrían que asumir, aunque fuese de forma aproximada u orientativa”.

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