
En cargos de exclusiva confianza provistos por el Sistema de la Alta Dirección Pública, de determinado nivel jerárquico hacia arriba, petición de renuncia es facultad discrecional de la autoridad que dispone su nombramiento.
Puede estar basada tanto en razones de desempeño como en el concepto de la confianza política.
25 de junio de 2020


















