Diario Constitucional

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"David del Curto SpA con Sánchez", C-3835-2023, seguido ante el Juzgado de Letras de Colina

02 de octubre de 2025

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FOJA: 67 .- sesenta y siete .-

NOMENCLATURA             : 1. [378]Actuación

JUZGADO                            : Juzgado de Letras de Colina

CAUSA ROL                       : C-3835-2023

CARATULADO                   : DAVID DEL CURTO SPA/SÁNCHEZ

 

NOTIFICACIÓN ANTE JUZGADO DE LETRAS COLINA DE SANTIAGO, Rol C-3835-2023, juicio ejecutivo caratulado “David del Curto SpA con Sánchez”, Ricardo López Vyhmeister y Luis Felipe Riedel Martínez, en representación de David del Curto SpA, domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea N°2800, piso 15, oficina 1501, Santiago, interponen demanda ejecutiva contra Manuel Jesús Sánchez Ortega, agricultor, por sí por la suma de $19.895.769.- más intereses y costas, y, por sí y en representación de HORTIFRUTÍCOLA DEL ROSARIO S.A., por la suma de $20.970.22.-, más intereses y costas, en razón de las siguientes consideraciones: Los ejecutados fueron citados a fin de reconocer adeudar a nuestra representada las sumas recién indicadas que, a la fecha de la citación judicial, ascendían a $20.970.220 y $19.895.769 pesos chilenos. Atendida la falta de comparecencia de los deudores, con fecha 24 de abril de 2025, se tuvo por confeso a los ejecutados, quedando preparada la vía ejecutiva. Colina, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. Proveyendo demanda de folio 1, del 27.05.2025: A lo principal: Por interpuesta demanda ejecutiva. Despáchese mandamiento de ejecución y embargo. Al primer otrosí: Como se pide. Al segundo otrosí: Téngase presente sólo respecto de bienes muebles y para el caso que se quieran embargar inmuebles, deberá previamente acompañar la respectiva inscripción de dominio vigente, de Hipotecas y Gravámenes y el avalúo correspondiente. Al tercer otrosí: Como se pide, los bienes quedarán en poder del propio ejecutado en calidad de depositario provisional, bajo su responsabilidad legal correspondiente. Al cuarto otrosí: Téngase presente y por acompañada, con citación. Al quinto otrosí: Téngase el patrocinio y poder, asimismo, la delegación de poder conferido. Al sexto otrosí: Como se pide a la forma de notificación por correo electrónico. Al séptimo otrosí: Con el mérito de los antecedentes, y visto lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, notifíquese a don MANUEL JESÚS SÁNCHEZ ORTEGA, Rut: 4.946.071-6, por sí y en representación de HORTIFRUTÍCOLA DEL ROSARIO S.A., Rut: 78.037.250-8, mediante avisos insertos y extractados en el diario Constitucional por tres días consecutivos, sin perjuicio del que corresponda en el Diario Oficial. Para efectos de practicar el requerimiento de pago, comparezca la persona indicada precedentemente a las dependencias del tribunal, ubicado en Avenida Interprovincial N° 130, esquina Carretera General San Martín, comuna de Colina, al quinto día hábil desde la fecha de publicación del último aviso, a las 09:00 horas, a fin de ser requerido de pago por el jefe de unidad del tribunal. Si el último día recayere en sábado, comparezca al día siguiente hábil a la hora antes señalada. Mandamiento: Requiérase a MANUEL JESÚS SÁNCHEZ ORTEGA por sí y a MANUEL JESÚS SÁNCHEZ ORTEGA por sí y en representación de HORTIFRUTÍCOLA DEL ROSARIO S.A., para que pague a DAVID DEL CURTO SPA, la suma de $19.895.769.- y $20.970.220.- respectivamente, más intereses y costas. No verificado el pago, trábese embargo sobre los bienes suficientes de propiedad del deudor, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad legal.

 

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