Fallas en programas de protección
Cuando los programas de protección terminan vulnerando a quienes deben proteger
Un caso real evidencia cómo decisiones técnicas mal aplicadas en programas de protección infantil pueden transformarse en violencia institucional. A pesar de no existir denuncias penales, un padre fue criminalizado y separado de su hija por más de un año, exponiendo fallas graves en la implementación de protocolos y el impacto devastador en las familias que deberían ser protegidas.

Por motivos de privacidad, los nombres en esta carta han sido modificados. Sin embargo, los hechos que relataré son reales y, lamentablemente, reflejan una situación que se repite con frecuencia en nuestro país.
Una madre acudió a un tribunal solicitando protección para su hija ante una supuesta amenaza. Como ocurre habitualmente, el tribunal ordenó la derivación a un Programa de Diagnóstico Ambulatorio (DAM) para evaluar a la niña y a sus padres. Sin embargo, el primer DAM se negó a evaluar al padre, basándose en la Circular N°710 del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, de fecha 17 de junio de 2019.
Esta circular señala que cuando existen denuncias penales por abuso sexual, los DAM no deben evaluar competencias parentales de los adultos involucrados y que, en esos casos, se debe derivar la evaluación al Servicio Médico Legal. El espíritu de esta norma es proteger a los niños y evitar intervenciones inadecuadas. Sin embargo, en este caso, el tribunal dejó expresamente establecido que no existía denuncia penal alguna en contra del padre, por lo que dicha circular no era aplicable.




