Delitos económicos y garantías
La nueva Ley de Delitos Económicos en Chile. ¿Coherente con nuestra Constitución vigente?
Si bien podemos considerar que el endurecimiento de las penalidades e incluso las nuevas multas que se consagran que se amplían proporcionalmente al valor de lo defraudado, pueden ser apropiadas. Resulta importante plantearse cuál es el límite de dicha ampliación, cuando se eliminan garantías penales que otro tipo de delitos (muchos más cruentos) sí contemplan. Como es la atenuante de irreprochable conducta anterior y la posibilidad de cumplir una pena sustitutiva distinta a la cárcel efectiva.

El Congreso Nacional de Chile aprobó el pasado 15 de mayo de 2023 la Ley que sistematiza los delitos económicos, atentados contra el medio ambiente, y modifica la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Estos son, los llamados delitos de cuello y corbata.
El proyecto quedó a la espera de ser aprobador por el Tribunal Constitucional para convertirse en Ley. Noticia que promete hacer crecer el área de compliance penal en las empresas chilenas.
Esta nueva normativa nace como respuesta a distintas controversias producidas en Chile en los últimos años, referentes a una percepción de impunidad ciudadana respecto de los delitos económicos asociados a empresas medianas y grandes. Entre ellos por ejemplo, colusión de precios, evasión de tributos, corrupción, y otros.
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Comentarios (1)
Juan Ignacio Pérez La irreprochable conducta anterior es una abominación histórica al considerarla atenuante general, sólo debiese aplicar en situaciones menores y, en ningún caso a crímenes alevosía, entendiendo por tal aquellos cruentos, sin misericordia, carentes de necesidad y también el de cuello y corbata por cuánto el que delinque en este ámbito es consciente y ambicioso sin reparos.




