Reforma constitucional en Chile
Poderes Constituyentes
La más relevante y significativa modificación se consagró, luego de ardua tramitación parlamentaria, en agosto del 2005, durante el gobierno de Ricardo Lagos.

En el origen de la actual Constitución Política hubo, sin duda, un «poder constituyente», originario, constituido por las propuestas de la Comisión Ortúzar y las del Consejo de Estado presidido por don Jorge Alessandri, luego aprobadas por la entonces Junta de Gobierno y mediante una discutida ratificación plebiscitaria
Ciertamente tal poder es cuestionable por razones de fondo y forma, pero, en definitiva, constituye un evento inamovible de nuestra historia. Chile, por lo demás, realistamente ha asumido como normativas válidas aquellas que, dictadas sin arreglo a la formalidad quebrantada, han tenido aplicación práctica. Textos constitucionales ilegítimos en su origen han sido legitimados por el ejercicio que se ha hecho de sus normas y lo mismo ocurrió con legislación dictada a fines de la década del veinte e inicios de la del treinta del siglo pasado y durante el pasado régimen militar.
En el ejercicio del mencionado «poder constituyente» el texto constitucional configuró, en la terminología del abate Sieyèz, un «poder constituido», derivativo, radicado en el Congreso Nacional y ejercible conforme las regulaciones allí dispuestas con arreglo a las cuales han sido aprobadas más de una cincuentena de reformas constitucionales.




