Regulación de seguridad privada
Seguridad Privada: la urgencia de prepararse antes de noviembre
La nueva Ley de Seguridad Privada, que entra en vigencia el 28 de noviembre, transforma profundamente los criterios de fiscalización y obliga a empresas de alto riesgo a rediseñar sus planes de seguridad. No adaptarse a tiempo podría implicar sanciones millonarias, clausuras y pérdida de operaciones.

En medio de una agenda pública marcada por la seguridad, con cifras crecientes de delitos violentos y un debate permanente sobre el fortalecimiento de las instituciones, el 28 de noviembre marcará un hito silencioso pero trascendental: la entrada en vigencia del nuevo marco normativo de la Ley de Seguridad Privada.
No es un cambio menor. Esta legislación redefine qué organizaciones deben adoptar protocolos y estándares específicos para proteger a personas y bienes. Y lo hace con un criterio radicalmente distinto: deja atrás el antiguo parámetro del monto diario de efectivo, para centrarse en un elemento cualitativo mucho más amplio: el nivel de riesgo que genera la operación para la seguridad pública.
Esto significa que centros comerciales, supermercados, farmacias, bancos, centros de distribución, estaciones de servicio y un largo etcétera, deberán revisar a fondo sus planes de seguridad. Quienes no lo hagan a tiempo se exponen a multas que pueden alcanzar las 13.500 UTM, clausuras temporales e incluso el cierre definitivo de sus operaciones.
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