Homicidio de policías en servicio
¿Un nuevo delito?
La muerte de funcionarios policiales genera un impacto que trasciende el homicidio individual, al ser percibida como un desafío directo al Estado y a sus instituciones. Frente a la inviabilidad jurídica de restablecer la pena de muerte y a las dudas sobre la eficacia de aumentar las sanciones existentes, el autor propone crear un delito autónomo de homicidio de funcionario policial en ejercicio de sus funciones, castigado con presidio perpetuo simple a presidio perpetuo calificado.

Sin duda, la muerte de un policía es un tema sensible en nuestro país; mas allá del hecho de la muerte de una persona con todo lo que aquello conlleva, el sentimiento es otro; no solo el sentido de impunidad que padecen todos los familiares de una víctima de un homicidio. Al parecer cuando le sucede a un policía es desafiar al estado, es un sentimiento de superioridad de la delincuencia. En ese contexto surgen malas e irreales ideas como “reabrir la discusión acerca de la pena de muerte”, lo que únicamente es populismo, ya que la Ley N° 19.734 y la ratificación de Chile a la Convención americana sobre Derechos Humanos, torna del todo una utopía discutir esta sanción en materia penal (recordemos que sigue vigente en el código de justicia militar). Luego se habla de endurecer las penas, casi como un “mantra” repetido a través de los años por diversas autoridades en su mayoría políticas y que pareciera no ser la solución a este actuar.
En esta línea de ideas surge la interrogante ¿Podríamos crear un nuevo delito? Algo así como “Homicidio de funcionario policial en el ejercicio de sus funciones” ¿Por qué no?, bajo el principio del “dinamismo del derecho” existe la facultad de adaptarse a los tiempos, o acaso no surgió así el ¿femicidio? Quizás la solución está en un complemento, me refiero a la creación de un nuevo tipo penal que además tenga una sanción ejemplar, quizás partiendo con el presidio perpetuo simple. ¿Excesivo? En algunos países como Reino unido, Alemania, Francia, Canadá, Australia y Nueva Zelanda entre otros, el “homicidio de un policía” normalmente es sancionado con la prisión perpetua. Recordemos además que aún hay estados en EE. UU donde el homicidio a un policía en el ejercicio de sus funciones, puede dar lugar a una pena de muerte (Alabama, Arizona, California, Florida, Indiana, entre otros). A su vez, a nivel federal en caso del homicidio a un agente en el ejercicio de sus funciones (FBI, DEA, U.S Marshall), también puede ser castigado con la pena de muerte.
Finalmente, quizás la creación de este tipo penal podría ayudar a alcanzar una solución, además de respaldar a los funcionarios policiales y sus respectivas instituciones. Es dar un respaldo jurídico, político y social a estos hombres.
Tipo penal:
Homicidio de funcionario policial en el ejercicio de sus funciones: «El que diere muerte a un funcionario de Carabineros de Chile o de la Policía de Investigaciones de Chile, con ocasión o en razón del ejercicio de sus funciones, será sancionado con la pena de presidio perpetuo simple a presidio perpetuo calificado».
Jamil Ramírez González
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