Diario Constitucional

Obligaciones de vocales de mesa

Vocales de mesa en primarias presidenciales

A pocos días de las elecciones primarias presidenciales, es clave que los ciudadanos designados como vocales de mesa por el Servel conozcan sus obligaciones legales, los horarios clave y las posibles sanciones por no cumplir con esta función, que es de carácter obligatorio y no voluntario.

Por Carolina Araya·26 de junio de 2025·2 min de lectura
Imagen: gob.cl
Referencial

Tal como se ha señalado, el ciudadano común tiene la opción de participar o no en las elecciones primarias presidenciales. No ocurre lo mismo con quienes fueron designados por el Servicio Electoral (Servel) como vocales de mesa, ya que para ellos el cumplimiento de esta función no es voluntario.

Lo primero es revisar el listado definitivo de vocales disponible en el portal https://consulta.servel.cl/. Si una persona ha sido designada, debe presentarse a las 15:00 horas del día anterior a la elección para constituir la mesa, elegir los cargos correspondientes y recibir, de forma voluntaria, una capacitación. Esta última puede complementarse con una cartilla informativa disponible en https://www.servel.cl/elecciones2025-vocalesdemesa/.

Las funciones que debe cumplir un vocal de mesa incluyen la entrega de la cédula electoral a los votantes, supervisión del orden y el adecuado desarrollo del proceso y la resolución de consultas realizadas por los electores. Al finalizar la jornada, corresponde realizar el conteo de los votos y colillas, asegurando que coincidan con la cantidad de firmas registradas en el libro de votación. Lo anterior, concluye con la firma del acta y la entrega del material electoral.

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