Diario Constitucional

Deberá subsanar objeciones.

CGR acoge reclamo de funcionario por falta de fundamento en calificación resultante de proceso evaluatorio.

La CGR concluye acogiendo el reclamo de autos, debiendo la autoridad retrotraer el proceso evaluatorio de que se trata al estado de emitirse fundadamente los instrumentos correspondientes.

Por Redacción·16 de abril de 2015·2 min de lectura
CGR acoge reclamo de funcionario por falta de fundamento en calificación resultante de proceso evaluatorio.
Referencial

Se reclamó ante la Contraloría General de la República, por parte de un funcionario de la Caja de Previsión Nacional (Capredena), por la disminución de su nota en el subfactor criterio, de 5 a 1, en el proceso evaluatorio 2013-2014, quedando ubicado en Lista 2, aduciendo que la decisión de la Junta Calificadora no se encontraría debidamente motivada pues no señaló en base a qué antecedentes adoptó tal determinación, vicio que se reitera por parte del Vicepresidente Ejecutivo de esa entidad al resolver su apelación.

La Caja de Previsión aludida informó no existir irregularidad alguna en la situación planteada por el afectado.

Al efecto, el ente contralor aduce que, en conformidad a los artículos 29 y 33 del Decreto N° 1825, de 1998, del ex Ministerio del Interior, que aprueba el reglamento de Calificaciones del Personal afecto al Estatuto Administrativo -aplicable supletoriamente acorde con lo dispuesto en el decreto N° 58, de 2001, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento Especial de Calificaciones para el personal de CAPREDENA-, disponen, en lo que interesa, que ambos instrumentos deben ser razonados, exigencia que la jurisprudencia de esta Institución de Control ha entendido que implica enunciar los motivos, antecedentes objetivos y circunstancias precisas consideradas para asignar la calificación.

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