Ley N°20.948.
CGR determina que ex funcionaria de la Subsecretaría de Educación no puede verse perjudicada por error de la Administración.
La aludida ex funcionaria no postuló a la bonificación adicional por error en que incurrió el servicio.

Se dirigió a la Contraloría General de la República la Subsecretaría de Educación solicitando un pronunciamiento sobre la situación que le afecta a una ex funcionaria del Departamento Provincial de Valparaíso, toda vez que por un error en la información que le proporcionó ese servicio, ésta no postuló, en 2018, a la bonificación adicional que contempla la ley N° 20.948.
Al respecto, el ente contralor recuerda los incisos primero, segundo y final, del artículo 1, así como el inciso primero y cuarto del artículo 8, todos de la citada ley N° 20.948. Como también la letra d) del artículo 2 y el artículo 3 del decreto N° 28, de 2017, del Ministerio de Hacienda.
Al efecto, la Contraloría expone que para que procediera el otorgamiento de la bonificación que contempla el artículo 8 de la ley N° 20.948, durante el proceso de 2018, era necesario que, entre otros requisitos, las funcionarias hubieran percibido una pensión de invalidez, regulada en el régimen del decreto ley N° 3.500, de 1980, a partir del 1 de abril de 2017; que hubieran cumplido 60 años de edad, entre el 3 de septiembre de 2016 y 31 de diciembre de 2017; que esa edad se hubiera cumplido dentro de los tres años siguientes a la obtención de dicha jubilación o al cese de los servicios por declaración de vacancia por salud irrecuperable, y; que, además, estas hayan solicitado dicho beneficio dentro del periodo que media entre el 1 de abril de 2018 y el último día hábil de dicho mes.
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