Diario Constitucional

Circunstancias extraordinarias.

CGR determinó que coordinación de Carabineros de Chile con la corporación municipal de San Bernardo para llevar a cabo procedimiento de constatación de lesiones, debe verificarse con pleno respeto a la normativa vigente.

El ente fiscalizador expresó que ante la concurrencia de circunstancias extraordinarias, resulta factible que las entidades involucradas, en el ámbito de sus respectivas competencias, se coordinen a fin de adoptar medidas que permitan dar mayor agilidad al referido proceso y evitar que las detenciones se extiendan excesivamente.

Por Redacción·25 de marzo de 2021·2 min de lectura
CGR en conjunto con organizaciones agrupadas en la Alianza Anticorrupción, publicaron decálogo de buenas prácticas en tiempos de pandemia.
Referencial

Se dirigió a la Contraloría General de la República, la Municipalidad de San Bernardo solicitando un pronunciamiento acerca de si procede que Carabineros de Chile se coordine con la Corporación Municipal de Educación y Salud de esa comuna, con el objeto de que, en situaciones de emergencia de grave alteración del orden público, el procedimiento de constatación de lesiones de detenidos se realice en dependencias de la 14ª Comisaría de Carabineros de San Bernardo.

Precisa que tal medida tendría por finalidad agilizar dicho procedimiento, considerando que en esas circunstancias excepcionales se puede generar una gran cantidad de detenidos e importantes dificultades viales de acceso a los establecimientos asistenciales, y que se garantizaría la seguridad e integridad de las personas atendidas.

Al respecto, el ente contralor adujo que el decreto exento N° 2.534, de 2013, del entonces Ministerio de Justicia, se aprobó el convenio sobre protocolo interinstitucional de constatación del estado de salud de los detenidos en el proceso penal, suscrito entre esa secretaría de Estado, el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Defensoría Penal Pública, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones de Chile y Gendarmería de Chile, que establece cuándo se realizará la constatación de lesiones al detenido, la que efectuará un médico en un centro asistencial de salud al que el detenido sea trasladado por funcionarios policiales y mantenido bajo custodia.

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