Diario Constitucional

Indagación en Carabineros se ajustó a derecho.

CGR recuerda que medida disciplinaria puede ser elevada por jefaturas que resuelven recursos interpuestos en procedimientos disciplinarios.

El dictamen concluye que el castigo impuesto al individualizado funcionario se ajustó a derecho.

Por Redacción·08 de mayo de 2018·2 min de lectura
CGR recuerda que medida disciplinaria puede ser elevada por jefaturas que resuelven recursos interpuestos en procedimientos disciplinarios.
Referencial

Se impugnó ante la Contraloría General de la República –por parte del abogado de un funcionario de Carabineros- la sanción de cuatro días de arresto con servicios, que se le aplicó a su mandante.

La entidad policial informó que la medida disciplinaria se ajustaría a la normativa que rige la materia, agregando que el servidor pudo presentar sus descargos y deducir los recursos procedentes.

Al efecto, el ente contralor precisó –en primer término- que respecto a que no procedería que la Prefectura Llanquihue, hubiese elevado el castigo impuesto, que acorde con lo dispuesto en sus dictámenes Nos. 8.986, de 2014 y 26.980, de 2016, el artículo 28 del decreto N° 900, de 1967, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Disciplina, contempla el principio de reforma en perjuicio, según el cual la autoridad, al conocer de un recurso en contra de una sanción, puede modificarla o invalidarla, estableciéndose, además, de forma expresa, la posibilidad de aumentar el castigo, lo que ocurrió en el caso en análisis.

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