No procede fiscalización.
CGR se pronuncia sobre declaraciones de intereses y patrimonio del personal de las Fuerzas Armadas, de Orden y de Seguridad.
La solicitud fue presentada por a la Contraloría General de la República por parte de los diputados Rincón y Chávez.

Se solicitó a la Contraloría General de la República –por parte de los diputados Rincón y Chávez- que se fiscalizara si las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad cumplen las normas sobre declaración de intereses de la LOC N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado, informando si las otorgadas por las respectivas autoridades se ajustan a la señalada preceptiva y, de existir alguna irregularidad, se ordenen sumarios administrativos para establecer responsabilidades y se adopten las medidas correctivas pertinentes.
Asimismo, indican que de conformidad con las disposiciones de la aludida LOC, están obligados a presentar dicha declaración los generales de ejército, generales de división, generales de brigada, brigadieres y coroneles del Ejército de Chile; los almirantes, vicealmirantes, contraalmirantes, comodoros y capitanes de navío de la Armada de Chile; los generales del aire, generales de aviación, generales de brigada aérea, comodoros y coroneles de aviación de la Fuerza Aérea de Chile, FACH; el general director, los generales inspectores y generales de Carabineros de Chile; y el director general, los prefectos generales, prefectos inspectores y prefectos de la Policía de Investigaciones de Chile, PDI.
Agregan que, no obstante lo anterior, los sitios electrónicos de dichas entidades solo consignan, en cada caso, la declaración de intereses y patrimonio del Comandante en Jefe del Ejército; del Comandante en Jefe, del Director General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y del Director del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico, así como del Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile, pero no las del resto de las autoridades castrenses antes enunciadas, en tanto que en el dominio de la Policía de Investigaciones de Chile no existían declaraciones publicadas, y hacen presente que no cuentan con la información relativa a Carabineros de Chile, puesto que la página electrónica institucional no estaba disponible al momento de ser revisada por los recurrentes.
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