Diario Constitucional

Acusación delitos.

CGR se pronuncia sobre legalidad de actos administrativos firmados por alcaldesa de Municipalidad de Antofagasta, al encontrarse afecta a la incapacidad temporal.

El ente contralor adujo que, no obstante encontrarse incapacitada para su desempeño, en razón de la protección de los principios de la buena fe y la seguridad o certeza jurídica, es necesario reconocer la legitimidad y eficacia de los actos administrativos ejecutados en tal calidad.

Por Redacción·30 de noviembre de 2020·2 min de lectura
CGR se pronuncia sobre legalidad de actos administrativos firmados por alcaldesa de Municipalidad de Antofagasta, al encontrarse afecta a la incapacidad temporal.
Referencial

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, la Diputada Marcela Hernando Pérez, solicitando un pronunciamiento que determine cuáles de los actos administrativos y legales firmados por la alcaldesa titular de la Municipalidad de Antofagasta, desde el 17 de julio del presente año, debieran declararse nulos, por encontrarse afecta a la incapacidad temporal regulada en el artículo 61 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades desde esa data, en atención a los antecedentes que expone.

Al respecto, el ente contralor adujo que, cuando un alcalde se encuentra acusado por un ilícito que amerite una pena aflictiva, en virtud de las mencionadas disposiciones se ve afectada su investidura regular, privándolo de su calidad de autoridad comunal y de su carácter de funcionario municipal, sin que pueda ejercer sus atribuciones ni derechos como tal, salvo que sea restituido en el cargo en el evento de ser sobreseído o absuelto (aplica dictamen N° 57.459, de 2015).

Enseguida, el órgano fiscalizador expresó que, en lo que respecta a la validez de las actuaciones que pudiesen haberse realizado en el ejercicio de su cargo, no obstante encontrarse el alcalde incapacitado para su desempeño, la jurisprudencia administrativa de este Organismo Fiscalizador, contendida, entre otros, en el dictamen Nº 96.260, de 2015, ha señalado que, en razón de la protección de los principios de la buena fe y la seguridad o certeza jurídica, es necesario reconocer la legitimidad y eficacia de los actos administrativos ejecutados en tal calidad.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.