CGR.
Consejo de la Sociedad Civil conformado a nivel ministerial cumple con la normativa vigente que regula la participación ciudadana en la gestión pública en los órganos de la Administración del Estado.
Los aludidos órganos deberán establecer consejos de la sociedad civil, de carácter consultivo, que estarán conformados de manera diversa, representativa y pluralista por integrantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con la competencia del órgano respectivo, aunque deben guardar relación con la competencia de estos y, por ende, de todas sus dependencias.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicitó a la Contraloría General de la República pronunciamiento que determine si, con la conformación de un Consejo de la Sociedad Civil (COSOC) a nivel ministerial -que comprende ámbitos de competencia de las Subsecretarías de Justicia y de Derechos Humanos-, esa cartera de Estado estaría dando cumplimiento a la normativa vigente que regula la participación ciudadana en la gestión pública en los órganos de la Administración del Estado.
Al efecto, remite la resolución exenta Nº 210, de 2024, emitida por ese ministerio, que aprueba la Norma General de Participación Ciudadana en la gestión pública.
El dictamen cita el inciso primero del artículo 22 de la ley Nº 18.575, que dispone que los ministerios son los órganos superiores de colaboración del Presidente de la República en las funciones de gobierno y administración de sus respectivos sectores, los cuales corresponden a los campos específicos de actividades en que deben ejercer dichas funciones.
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