Cuenta pública de los órganos de la Administración del Estado.
Contraloría General de la República desestima denuncia por publicación de FONASA que revestiría el carácter de propaganda política.
No se aprecian irregularidades en la publicación del órgano público. La Ley 18.575 le impone a los órganos de la Administración del Estado la obligación de rendir una cuenta pública participativa a la ciudadanía de la gestión de sus políticas, planes, programas, acciones y de su ejecución presupuestaria.

Se denunció a la Contraloría General de la Republica, bajo reserva de identidad, que el día 27 de mayo de 2022 en la cuenta oficial de FONASA, su Director, efectúo una publicación que revestiría el carácter de propaganda política.
Requerido informe el Fondo Nacional de Salud señaló que la publicación cuestionada obedece a una consulta pública participativa en la cual se puso en conocimiento de la ciudadanía la implementación del programa de gobierno.
En su dictamen el Contralor se refiere a la naturaleza jurídica de FONASA, conforme al artículo 49 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que contiene los deberes y obligaciones del Jefe Superior de este Servicio, específicamente a los artículos 52 y 53, letra a).
Temas
Te puede interesar

Artículo 26, inciso segundo, del DFL N°850 de 1997 del MOP.
Negativa de la Dirección de Vialidad para reabrir un camino perteneciente a una parcelación formada durante la Reforma Agraria por existir otra vía de acceso a los predios carece de fundamentación, dictamina el Contralor.

Viruela del mono.
Funcionarios de la Administración del Estado pueden optar a desarrollar sus funciones a través del teletrabajo o trabajo a distancia en el caso de una alerta sanitaria, reitera el Contralor.

Leyes de Presupuestos del 2020 y 2022.
Ministros de Estados no pueden percibir dietas o remuneraciones por integrar consejos, directorios, juntas directivas, comités u otros cargos similares que deriven de su función pública.

