Diario Constitucional

Cuenta pública de los órganos de la Administración del Estado.

Contraloría General de la República desestima denuncia por publicación de FONASA que revestiría el carácter de propaganda política.

No se aprecian irregularidades en la publicación del órgano público. La Ley 18.575 le impone a los órganos de la Administración del Estado la obligación de rendir una cuenta pública participativa a la ciudadanía de la gestión de sus políticas, planes, programas, acciones y de su ejecución presupuestaria.

Por Redacción·10 de enero de 2023·2 min de lectura
Contraloría General de la República desestima denuncia por publicación de FONASA que revestiría el carácter de propaganda política.
Referencial

Se denunció a la Contraloría General de la Republica, bajo reserva de identidad, que el día 27 de mayo de 2022 en la cuenta oficial de FONASA, su Director, efectúo una publicación que revestiría el carácter de propaganda política.

Requerido informe el Fondo Nacional de Salud señaló que la publicación cuestionada obedece a una consulta pública participativa en la cual se puso en conocimiento de la ciudadanía la implementación del programa de gobierno.

En su dictamen el Contralor se refiere a la naturaleza jurídica de FONASA, conforme al artículo 49 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que contiene los deberes y obligaciones del Jefe Superior de este Servicio, específicamente a los artículos 52 y 53, letra a).

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