Diario Constitucional

Juegos de azar en línea.

Contraloría ordena a la SCJ fiscalizar y adoptar las medidas pertinentes en contra de sociedad operadora de juegos online cuya página contaba con una opción de compra de “coins” y a premios.

La Ley 19.995 establece que los juegos de casinos solo podrán desarrollarse por los operadores autorizados en sus establecimientos y que en ningún caso sus permisos se extienden a juegos de azar online.

Por Redacción·13 de octubre de 2022·4 min de lectura
Contraloría ordena a la SCJ fiscalizar y adoptar las medidas pertinentes en contra de sociedad operadora de juegos online cuya página contaba con una opción de compra de “coins” y a premios.
Referencial

La Contraloría General de la República recibió una denuncia en contra de la Superintendencia de Casinos de Juegos (SCJ), referida a las decisiones que adoptó este organismo sectorial en relación al desarrollo, por parte de ciertas sociedades operadores de juegos de línea online los que se encuentran legalmente prohibidos.

La SCJ informó que conocida la mencionada denuncia sobre juegos de azar que operarían en forma digital, decidió efectuar indagaciones en las distintas sociedades operadoras de casinos de juego, para corroborar la veracidad de las imputaciones. Así, por medio de estas investigaciones, tuvo conocimiento de una plataforma web, a través de la cual se permitía al público acceder a juegos similares a los disponibles en un casino.

Explica que esta página contaba con una opción de compra de “coins” (monedas o fichas), los cuales permiten acceder a tiempo de juego y a la posibilidad de ganar -como consecuencia de estos- a determinados premios como estadías en hoteles, cenas, tragos y cupones de juego, entre otros. En atención a lo anterior, añade, la Superintendencia ordenó la suspensión de dicha plataforma virtual, levantando posteriormente esa medida a condición de que se eliminara tal opción de compra. Con todo, informó que actualmente no se estaría en presencia de juegos de azar en línea, ya que en la cuestionada página solo operan juegos promocionales, de entretención y/o educación, por ende, no implican apuestas en dinero o especies avaluables en dinero, por lo que no se configuraría una infracción a la ley 19.995, que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego.

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