Diario Constitucional

Contraloría General de la República.

No procede que el Cuerpo de Bomberos invierta en el mercado de capitales los recursos que anualmente le son transferidos vía Ley de Presupuestos.

Tal gestión financiera no está vinculada a los fines específicos para los cuales fueron transferidos.

Por Redacción·24 de octubre de 2023·5 min de lectura
No procede que el Cuerpo de Bomberos invierta en el mercado de capitales los recursos que anualmente le son transferidos vía Ley de Presupuestos.
Referencial

La Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile (JNCB), solicitó a la Contraloría General de la Republica pronunciamiento sobre la posibilidad de invertir en el mercado de capitales los recursos que anualmente recibe a través de la ley de presupuestos por el programa “Bomberos de Chile” o de las transferencias efectuadas por los respectivos gobiernos regionales.

Agrega que los procesos de adquisición de material bomberil financiados con esos fondos son extensos, produciéndose largos periodos de tiempo en que los recursos quedan en su poder, sin obtener un rédito, por lo que, en su parecer, sería procedente aplicar el criterio de los dictámenes N°s. 34.313, de 1993, 29.248, de 2014 y 2.051 de 2016, que permitió invertir en el mercado de capitales, y con ello obtener mayores recursos para el Sistema Nacional de Bomberos.

Sobre el particular, el Contralor alude al artículo 1° de la ley N° 20.564, Ley Marco de Bomberos de Chile, que señala que los Cuerpos de Bomberos y la JNCB son servicios de utilidad pública, que se rigen por las disposiciones de esa ley, de su reglamento, de sus estatutos y de leyes especiales, y, en lo no previsto en ellas, por las normas sobre personas jurídicas a que se refiere el Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil.

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