Puntaje a proveedor con mayor cantidad de trabajadores.
CGR no advierte irregularidades en procesos de licitación de Carabineros de Chile que incorporaron como factor de evaluación la «Producción Nacional».
El dictamen expresa que la institución se encontraba facultada para incorporar en sus respectivas bases un criterio de incentivo del empleo a nivel local o nacional.

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República, por parte la empresa IAP S.A., sobre la legalidad de ocho procesos licitatorios, convocados por Carabineros de Chile para la adquisición de diversos artículos.
Lo anterior, por cuanto estima que el factor de evaluación denominado “Producción Nacional”, incorporado por dicha institución en las respectivas bases y que asigna un puntaje al proveedor que cuente con la mayor cantidad de trabajadores en su empresa (instalada en el territorio nacional para el diseño, confección y distribución de especies) sería arbitrario, discriminatorio, atentaría contra el principio de la libre concurrencia de los oferentes y constituiría un mecanismo de exclusión de las empresas de menor tamaño.
Al respecto, el órgano contralor recuerda que el artículo 11 de la ley N° 18.928, que fija normas sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales muebles y servicios a las Fuerzas Armadas, establece que las disposiciones de ese texto legal y la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, son aplicables, en lo que fueren pertinentes, entre otras, a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, dentro de las cuales se comprende a Carabineros de Chile.
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