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Se define de acuerdo a materia y territorio.

Competencia

Conjunto de atribuciones que la Constitución y la ley fijan como propio del ejercicio de la autoridad.

Es el conjunto de atribuciones que la Constitución y la ley fijan como propio del ejercicio de la autoridad, para el conocimiento y resolución de determinados asuntos. Estas se definen de acuerdo a la materia y el territorio.

Podemos definirlo también como la atribución social asignada a quien pone en acción, en diferentes contextos, los componentes cognoscitivos, actitudinales y procedimentales que conforman un saber profesional para actuar eficazmente en una situación determinada,  de esta forma esta definición se adapta al conocimiento y la acción.

La competencia no se refiere a un desempeño puntual, sino a la capacidad intelectiva de movilizar conocimientos y técnicas y de reflexionar sobre la acción. Es también la capacidad de construir esquemas referenciales de acción o modelos de conocimientos y de actuación que faciliten las acciones de diagnóstico o de resolución de problemas en los servicios profesionales y productivos no previstos o no prescriptos.

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