Entrevista

8 capítulos profundizados a través de 168 páginas.

Carlos Clemente Vargas, autor del nuevo libro “El veto presidencial: Historia, regulación y práctica”.

Este libro entrega información esencial para poder entender el concepto de “veto presidencial”, sus orígenes, regulación e incidencia en el mundo político/jurídico. Lo anterior, con el propósito de acercar a la gente la concepción propiamente tal, la cual no deja de ser fundamental para el desarrollo de nuestro actual Presidencialismo.

13 de junio de 2022

Luego de una investigación fructífera reconocida incluso como un aporte al Derecho Público Chileno, se publica “El veto presidencial: Historia, regulación y práctica”, a través de la Editorial Tirant Lo Blanch, por Carlos Clemente Vargas, abogado Universidad de Chile, ayudante y colaborador en las Cátedras de Derecho Constitucional, Introducción al Derecho y Derecho Procesal Constitucional de la misma casa de estudios; Diplomado en Contratación Administrativa y Compras Públicas, Pontificia Universidad Católica de Chile; Magíster en Derecho Constitucional por la Universidad de Talca.

1. ¿Qué es el veto presidencial y cuál es su actual regulación?

El veto presidencial es una facultad legislativa que reside en el Presidente de la República, que consiste en la posibilidad de adherir, suprimir o sustituir pasajes o la totalidad de un proyecto de ley previamente aprobado por el Congreso al momento de serle remitido dicho proyecto para su sanción. Dichas observaciones pueden ser aprobadas o rechazadas por parte de ambas cámaras del Congreso y en caso de ser rechazadas en ambas, dichas Cámaras deben insistir en el texto originalmente aprobado por el Legislativo con un quorum de 2/3 de aprobación para que la norma pase a promulgación.

Actualmente, el veto se encuentra regulado de manera general en el art. 73 de la Constitución Política de la República y sus reglas de tramitación se encuentran consignadas en la Ley Orgánica constitucional del Congreso, el Reglamento de la Cámara de Diputados y el Reglamento del Senado.

2. ¿Dónde se origina y qué características se mantienen actualmente en el veto presidencial chileno?

El veto como facultad de oposición a decisiones legislativo/políticas se remonta a la República Romana, con la facultad de intercessio que recaía en el Tribuno de la Plebe, pero sus raíces republicanas como facultad del Presidente de la Republica se inspiran en la Constitución norteamericana de 1787, la cual es una adaptación de la facultad de veto que tenía el Gobernador de Massachusetts en conformidad con la Constitución de 1780 de dicho Estado.

En relación a las características con las que nació la facultad de veto y que se mantienen al día de hoy, podríamos decir que en nuestro país se mantienen sus características esenciales, es un poder que radica en el Presidente, se ejerce con posterioridad a la aprobación de un proyecto de ley por parte del Congreso y posee carácter suspensivo, es decir, que el Congreso puede insistir en el texto que originalmente aprobó con el mismo quorum de 2/3.

3. En su opinión, ¿cuáles son los aspectos positivos y negativos de esta atribución?

Existen varios aspectos positivos y negativos de esta facultad, es por eso que yo la denomino como “un arma de doble filo”.

Dentro de los aspectos positivos se encuentra el hecho que es una facultad que efectivamente protege el carácter presidencialista de la Constitución porque permite que la voluntad del Presidente pueda siempre ser debatida a la hora de ser aprobado un proyecto de ley, sin aquella facultad dentro de la tramitación de las normas el Presidente solo se remitiría a la aprobación de la norma y no podría dar su parecer previo a la promulgación del proyecto. En la misma línea, también implica una revisión extra al contenido de la norma aprobada, por lo que implica un filtro más que pueda asegurar que la norma aprobada se apruebe en su forma más óptima. Otro aspecto positivo y que se ha visto presente en la práctica legislativa contemporánea, es que permite de forma ágil y simplificada, realizar ajustes y cambios formales a las normas aprobadas sobre errores o ambigüedades que se vean presentes dentro del texto aprobado, al punto incluso, que muchos de los vetos son propuestos por legisladores al Presidente con el fin de dejar claro el contenido del texto aprobado. Por último, es un mecanismo que tiene el Presidente para controlar que las normas que hayan ingresado mediante mensaje presidencial sigan manteniendo la esencia inicial por las cuales fueron concebidas.

Dentro de los aspectos negativos podríamos decir que es una facultad que no posee grandes limitaciones y de la cual cualquier jefe de gobierno podría abusar si es utilizada de forma temeraria. El veto permite al Presidente hacer valer su voluntad sobre la mayoría absoluta del Congreso, órgano el cual dentro del sistema republicano es el órgano que mejor representa la voluntad de la nación, ya que está compuesto de forma proporcional a la voluntad de la ciudadanía. Otro aspecto negativo es el hecho que, como está contemplado el veto actualmente, dificulta la aprobación de los textos originales inicialmente aprobados, ya que, si un Presidente observa el proyecto de ley, ambas Cámaras legislativas deben aprobar por 2/3 de sus integrantes el texto primitivo, quorum de aprobación de los más altos que consigna el sistema constitucional chileno y que se ha alcanzado en los últimos años en muy pocas ocasiones. Estos aspectos negativos hacen que el veto sea una facultad tan fuerte que puede llegar a desestabilizar el equilibrio de poderes entre el Legislativo y el Ejecutivo y poner en peligro la convivencia democracia de una nación.

4. ¿Cree usted que existe a través de ella algún tipo de influencia ejecutiva respecto del Poder Legislativo?

Es difícil entrar en el razonamiento de los Congresistas de nuestro país y pensar si aquellos consideran los vetos presidenciales a la hora de legislar, pero a mi parecer el veto debe ser siempre tenido en cuenta como una posibilidad, en especial en torno a proyectos de ley controversiales, tomando en cuenta si existen 2/3 de Congresistas que darían su voto para la insistencia en el proyecto originalmente aprobado o, como explican algunos autores, entre ellos Bruce Ackermann, en gobiernos en donde la mayoría parlamentaria pertenece a la oposición. Sobre este último caso, en países en donde los vetos presidenciales han sido utilizados con fines notoriamente políticos dentro de su práctica constitucional histórica, como el caso de Estados Unidos, la cantidad de vetos presidenciales sube considerablemente si la mayoría del Congreso pertenece al partido político o coalición opositora al Gobierno.

5. ¿Es visto el veto presidencial como un obstáculo a su ejercicio, considerando que hoy el presidente ejerce un papel incluso de colegislador en virtud de nuestra Constitución? ¿O es observado, más bien, como un mecanismo de cooperación entre el Presidente y el Congreso?

El caso chileno es particular, si bien la facultad de veto ha sufrido críticas a lo largo de la historia republicana nacional, este solo ha recibido ajustes en torno a problemas políticos que ha generado su tramitación, es uno de los casos en donde la práctica y la interpretación que se ha dado en las comisiones del Congreso y el Tribunal Constitucional han hecho mutar la facultad a lo que es el día de hoy, pero nunca ha sido eliminada de la Constitución, ni siquiera la actual Convención Constitucional la eliminó de los trámites de formación de la ley.

Durante los últimos años, el veto es visto como una fórmula que obliga a la cooperación entre el Presidente y el Congreso, pero no como una herramienta de presión ni de amenaza, sino más bien, como una herramienta que permite más que nada ajustar y perfeccionar las normas que aprueba el Legislativo. Dicho esto, no hay que olvidar que la naturaleza del veto como una facultad legislativa fuerte del Presidente de la Republica puede convertir su práctica en un obstáculo para la aprobación de normas que, aun teniendo una gran aceptación popular, pueden ser modificadas o incluso suprimidas por un Presidente que cuente con más de 1/3 de adherentes en el Congreso, por lo que potencialmente puede llegar a ser un obstáculo.

6. Respecto de su obra en sí, ¿qué lo motivó, en primera instancia, a desarrollar el veto presidencial como elemento protagonista de su libro “El veto presidencial: Historia, regulación y práctica” ?

El veto presidencial es un tema muy poco desarrollado por la dogmática jurídica chilena, normalmente se hace referencia a aquel en los manuales de Derecho Constitucional al tratarse el proceso de formación de la Ley como un trámite más, remitiéndose a replicar el texto constitucional y a explicar una o dos de sus características, pero no existía una obra o investigación larga que tratara a fondo la historia y el análisis de la práctica de los vetos en Chile, o por lo menos, del veto dentro de la Constitución actual, dado que existen memorias de grado antiguas que tratan el veto presidencial dentro de la Constitución de 1925 y los tratadistas del Derecho constitucional previo a la Carta Fundamental actual, desarrollaron de forma más completa el análisis del veto.

Dado a que el tema estaba tan poco tratado y reviste una importancia fundamental al ser una facultad que puede llegar a diezmar la estabilidad entre los poderes del Estado, quise desarrollar esta investigación dentro de los 3 enfoques que propone la obra; un análisis profundo de los orígenes del veto y las fuentes de donde se inspiró el constitucionalismo chileno para consignarlo desde los albores de la República hasta nuestros días; un estudio detallado sobre las características del veto y las particularidades que reviste su tramitación en el sistema legislativo nacional; y por último, una exposición de cómo ha sido la práctica de los vetos presidenciales en las últimas décadas, realizando para ello, una explicación del porqué es complicado investigar sobre esta temática y el método utilizado.

7. ¿Cómo fue el proceso de investigación y elaboración?

La investigación fue complicada pero fructífera. Desde el ámbito de la investigación histórica lo complicado fue acceder a las obras antiguas que comentaban las Constituciones de 1833 y 1925, lo bueno es que pude acceder a varias obras que fueron clave para el entendimiento de dichas Cartas Fundamentales, principalmente a través de la colección histórica de la biblioteca de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y el archivo de la Biblioteca Nacional, una de las obras que más me ayudaron a comprender dicho desarrollo fue una memoria de grado de 1942, escrita por Fernando Rosselot Bordeu.

En torno al análisis práctico del veto durante los últimos años, dicha arista fue la más complicada de investigar, en la obra lo explico más a fondo, pero básicamente no existe un registro sistematizado de los proyectos de ley que han sido vetados, no existe un portal o un acápite dentro de la Biblioteca del Congreso Nacional que sistematice estos datos, por lo que a través del análisis de todos los proyectos de ley que estaban publicados en el Portal de Historias de la Ley de la BCN, fui compilando uno a uno los proyectos de ley, los cuales quedaron registrados todos en la obra (en la obra también explico que el portal a veces registra proyectos observados por Presidentes que en realidad no fueron vetados). También, intenté dejar lo más en claro posible la cantidad de proyectos analizados y el estado en que se encontraban al momento del estudio, ya que sucede en otros estudios sobre estos temas, que los autores u organizaciones publican gráficos de veto sin explicar cuáles fueron o que criterio siguieron para escoger los vetos que se tomaron en consideración.

8. Por último, ¿cómo espera que sea acogido por el mundo constitucionalista y administrativista?

Bueno, espero que la acogida sea buena, hasta ahora los comentarios que he recibido han sido muy halagadores, tanto por el cómo se desarrolló la investigación, pero en especial por lo novedoso del tema, varios profesores y profesoras me han agradecido por publicar la obra, ya que el veto presidencial es una facultad que reviste mucha importancia pero que pocos se han atrevido a desentrañar. La obra también recibió reconocimientos indirectos del Tribunal Constitucional de Chile, ya que mi memoria de pregrado, que trata sobre el veto también y que representa el grueso de la investigación, fue evaluada para la edición del Premio Tribunal Constitucional 2021 y fue reconocida con la mención de honor, por lo que me alegra que la investigación fuera reconocida como un aporte al Derecho Público chileno.

Espero recibir un mayor feedback en el lanzamiento de la obra, el cual se realizará el próximo miércoles 22 de junio en la Sala Matilde Brandau de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile a las 17:30 horas, en donde tendremos como presentador de la obra al Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, el profesor Pablo Ruiz-Tagle y como comentaristas al Profesor Sebastián Soto de la Pontificia Universidad Católica de Chile y al Profesor Francisco Soto de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

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  1. La comunidad chilena relacionada con el derecho ha sido favorecida con el estudio del veto que ofrece esta obra; igual realce práctico existirá dada la radicalización de las posiciones políticas que se manifiestan en la actualidad, cabe presagiar que el uso del veto constituirá una herramienta jurídica de importancia insospechada que deberá ser considerada como parte fundamental en cada proyecto de ley; el libro por consiguiente está llamado a convertirse en obra de consulta previa permanente para los legisladores.