Diario Constitucional

Acceso a la justicia y envejecimiento

Karla Morales Álvarez: "Defender a las personas mayores, el desafío de cuidarlas sin quitarles su voz"

La directora de la Fundación Defensoría Mayor advierte que el desafío no consiste solo en entregar representación jurídica a las personas mayores, sino en garantizar que esa protección respete su autonomía y voluntad. Barreras de acceso, violencia intrafamiliar, abuso patrimonial y abandono revelan una deuda que el sistema deberá enfrentar antes de la plena entrada en vigencia de la Ley N°21.822.

Por Marcelo Saravia Villegas·19 de agosto de 2026·5 min de lectura
Karla Morales Álvarez: "Defender a las personas mayores, el desafío de cuidarlas sin quitarles su voz"
Referencial

Por Marcelo Saravia Villegas

En Chile, cada vez somos más los que sumamos años. Este envejecimiento de la población nos pone frente a un espejo como sociedad y nos obliga a hacernos una pregunta incómoda: ¿Cómo estamos protegiendo a nuestros mayores cuando tienen un problema legal?

Hoy en día, si un niño tiene un conflicto en un tribunal de familia, cuenta con un abogado especial que lo defiende (el llamado curador ad litem). Pero con los adultos mayores no pasa lo mismo; ahí hay un vacío enorme. Hace poco se empezó a debatir la idea de crear una figura similar para ellos. El problema es que, a veces, por querer protegerlos, corremos el riesgo de pasarles por encima, ignorando lo que ellos mismos quieren y deciden.

Para entender este laberinto entre la protección y el respeto, conversamos con Karla Morales Álvarez, abogada y Directora de la Fundación Defensoría Mayor en Temuco. Ella nos ayuda a bajar a la tierra un tema que nos afecta a todos.

  • ¿Por qué se está hablando tanto ahora de crear un «defensor especial» para los mayores?

Porque coincidieron tres cosas muy importantes:

  • Somos más: El Censo ya mostró que el 14% del país tiene 65 años o más, y para el 2050 seremos casi un tercio.

  • Hay un compromiso: Chile firmó un tratado internacional en 2017 para garantizar que los mayores tengan un acceso real a la justicia.

  • Hay una nueva ley: En junio de 2026 se publicó la Ley N° 21.822, que exige trámites adaptados y rápidos para ellos. Dejar a los mayores sin un apoyo legal adecuado en los tribunales de familia ya no se sostiene más.

  • ¿Cuáles son las trabas reales que sufren hoy para defenderse?

Lamentablemente, el sistema actual los deja muchas veces en el desamparo por varios motivos:

  • Falta de ayuda pública: No hay suficientes abogados especializados gratuitos para darles una atención humana y dedicada.

  • Leyes antiguas: Se usan reglas pensadas para otras cosas, que no entienden el drama de un mayor que sufre violencia o abandono.

  • Barreras físicas y de distancia: Muchas oficinas no tienen accesos fáciles ni espacios privados para conversar. Además, los que viven en el campo sufren el doble: no tienen cómo viajar a la ciudad y la ayuda legal simplemente no llega allá.

  • ¿Cómo proteger a alguien sin quitarle su libertad de decidir?

La clave es recordar algo básico que dice la nueva ley: todos los mayores son lúcidos y capaces mientras un juez no demuestre lo contrario.

El rol de un defensor no es reemplazar la voluntad de la persona, sino ser su megáfono. Un abogado no puede ir a un juicio a adivinar; tiene la obligación de sentarse, escuchar al mayor y llevar esa voz al tribunal. Si actúa sin conocer lo que su cliente realmente quiere, esa defensa es de mentira y el juicio no debería valer. Reemplazar la voluntad de un mayor no es cuidarlo, es hacerle daño.

  • ¿Por qué es un error confundir «discapacidad» con «incapacidad»?

Porque son cosas totalmente distintas y mezclarlas es peligroso:

  • Tener una discapacidad es una condición de salud (como necesitar silla de ruedas o ver menos). Eso no te quita el derecho a votar, a firmar contratos o a manejar tu dinero.
  • La incapacidad es un estado legal que solo decide un juez tras un proceso muy serio.

Cuando un tribunal asume que un mayor «no puede decidir» solo porque tiene una discapacidad o por los años que tiene, comete una injusticia. La ley prohíbe exigir certificados de salud mental solo por el hecho de tener canas.

  • La Corte Suprema advierte que poner un defensor obligatorio «solo por la edad» puede ser discriminatorio. ¿Qué opina?

Tiene toda la razón. Si le ponemos un defensor a alguien solo porque cumplió 60 o 65 años, estamos cayendo en el mismo prejuicio de las notarías y los bancos: pensar que envejecer es sinónimo de no servir.

El apoyo debe entregarse por necesidad real (por ejemplo, si hay un deterioro cognitivo comprobado, si la persona está hospitalizada o si la familia la está engañando), no por la fecha de nacimiento que dice el carnet. El defensor debe ser un apoyo, nunca un sustituto.

  • En el día a día de la Fundación, ¿cuáles son los dolores más comunes que ven?

Vemos tres realidades muy duras:

  • Violencia en la casa: Maltrato físico, insultos o aislamiento forzado, sobre todo a personas que dependen de otros para vivir y que duermen bajo el mismo techo que su agresor.

  • Abuso con el dinero: Les roban la pensión, les sacan la plata del banco usando sus claves a la fuerza, o les hacen firmar papeles que no entienden. Esto casi nunca se denuncia por vergüenza, porque los culpables suelen ser los propios hijos o familiares.

  • El abandono absoluto: Personas sin redes de apoyo que terminan viviendo en una cama de hospital porque nadie se hace cargo de ellas.

  • ¿Qué deberían hacer los jueces y los psicólogos del tribunal en estos casos?

Agotar todas las opciones para entender lo que el mayor quiere decir. Antes de tirar la toalla y decir «no se le entiende», el tribunal debe usar psicólogos, asistentes sociales o herramientas tecnológicas que faciliten la comunicación. La empatía y la paciencia no son solo «buenas costumbres», son una obligación legal para que el juicio sea justo.

  • ¿Tenemos una deuda histórica con nuestros mayores en el ámbito legal?

Absolutamente, y es una deuda que crece cada día. Llevamos años firmando papeles internacionales, pero el apoyo real en la calle sigue siendo muy poco. Tenemos de aquí a junio de 2027 (cuando la Ley N° 21.822 entre en vigencia total) para construir un sistema de verdad. De lo contrario, todo lo lindo que se escribió en el papel será solo una promesa rota.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.