Recurso de casación rechazado.
34 años de prisión para hombre que abusó sexualmente de cinco nietos queda firme por decisión del Tribunal Supremo de España.
La testigo de la defensa, esposa del acusado y abuela materna de las víctimas, manifestó que no quería declarar y se marchó de la sala, por lo que se refuerza la evidencia de que los hechos sí ocurrieron.

El Tribunal Supremo de España desestimó un recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia del Tribunal Superior de Canarias, que confirmó la pena de 34 años de prisión en contra de un hombre por el delito de abuso sexual a menor de 16 años en perjuicio de cinco de sus nietos.
El recurrente alegó que se falló vulnerando el derecho a la presunción de inocencia, ya que la prueba producida no acredita la culpabilidad, particularmente lo declarado por las víctimas, quienes relataron hechos que se habrían originado en una época no determinada y que muchos de ellos habrían sido cometidos mientras su esposa, es decir, la abuela de los niños se encontraba en la casa, y resulta que ella no estaba en conocimiento, lo que hace dudar razonablemente del discurso de sus tres nietas y dos nietos.
El máximo Tribunal refiere que, “(…) para conformar la desestimación de idéntico motivo impugnatorio basado en la vulneración de la presunción de inocencia, cuando la prueba, en este caso, es apabullante, siendo así que los cinco nietos del acusado han desgranado un discurso lineal, en donde el propio modus operandi se repite sin solución de continuidad, tachonado de elementos fácticos que son objeto de corroboraciones, no solamente externas y objetivas, sino adornadas, en este caso, de la imputación recíproca del actuar de su abuelo, con situaciones contrarias a la indemnidad sexual de los menores que son repetidas continuamente en la perpetración delictiva llevada a cabo por el recurrente, por más que trate de negar lo que no es sino una aplastante evidencia.”
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