Opinión.
«A propósito de la apertura de relaciones diplomáticas de Nicaragua con China Popular y de la ruptura de relaciones con Taiwán», por Nicolas Boeglin.
Pocos días después del anuncio oficial realizado por China Popular y Nicaragua, Nicaragua procedió desde su Poder Legislativo a suspender varios instrumentos bilaterales vigentes entre Nicaragua y Taiwán. Esta terminación precipitada de todo vínculo jurídico obedece al hecho que la calidad de Estado de Taiwán deja de ser reconocida como tal cuando se establecen relaciones oficiales con China Popular.

Diario Constitucional da a conocer el artículo «A propósito de la apertura de relaciones diplomáticas de Nicaragua con China Popular y de la ruptura de relaciones con Taiwán», por Nicolás Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
El 10 de diciembre del 2021, de forma conjunta Nicaragua y la República Popular de China anunciaron oficialmente el establecimiento de sus relaciones diplomáticas: los jefes de la diplomacia de China Popular y de Nicaragua sostuvieron personalmente una reunión virtual ampliamente divulgada (véase comunicado oficial colgado desde la embajada de China Popular en Costa Rica).
Desde la perspectiva del derecho internacional público, una rama del Derecho que busca regular las relaciones entre Estados, este anuncio plantea algunas preguntas y dudas que se intentarán aclarar en las líneas que siguen.
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