Negligencia profesional.
Abogado debe indemnizar el daño causado a cliente por el abandono del procedimiento a causa de la falta de gestiones útiles en juicio que patrocinaba, resuelve un tribunal argentino.
La misión del abogado patrocinante no se restringe a la preparación de escritos, sino que debe asumir la plena dirección jurídica del proceso, con el empleo de la diligencia requerida por las circunstancias para conducirlo de la mejor manera posible hasta su finalización.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de Argentina desestimó el recurso de apelación que un reconocido abogado interpuso contra el fallo que lo condenó a indemnizar a su cliente, por incurrir en negligencia y mala praxis en el ejercicio profesional. De este modo confirmó la indemnización de $455.000.- pesos argentinos dictaminada en su contra.
Un cliente inició una demanda por mala praxis profesional contra su abogado debido a la caducidad de instancia decretada en la causa que patrocinaba. La inactividad procesal, atribuida a la omisión del profesional en realizar las presentaciones necesarias dentro del plazo previsto, generó un importante perjuicio económico al cliente, quien además debió afrontar las costas del proceso tras el rechazo de su privilegio de pobreza.
Por su actuar negligente, el letrado fue sancionado por el colegio de abogados con una multa de $250.000.- pesos argentinos. Del mismo modo, fue condenado en primera instancia a indemnizar el daño causado, decisión que recurrió ante el tribunal ad quem.
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