Diario Constitucional

Paz en Colombia.

Acerca de las reglas que fijó la CC de Colombia para plebiscito acordado entre el Gobierno y las FARC.

Resultados son vinculantes para el presidente y pregunta no puede ser tendenciosa, entre otras.

Por Redacción·16 de septiembre de 2016·3 min de lectura
Acerca de las reglas que fijó la CC de Colombia para plebiscito acordado entre el Gobierno y las FARC.
Referencial

En un fallo de 337 páginas la Corte Constitucional Colombiana aprobó el pasado 18 de julio la convocatoria a un plebiscito para consultar si se está de acuerdo con lo acordado por el Gobierno y las FARC en La Habana.

En su sentencia, a la Magistratura Constitucional colombiana deja claro cuáles serán las reglas que el Gobierno y las autoridades electorales deben tener en cuenta a la hora de convocar a esta consulta popular.

La pregunta no puede ser tendenciosa, debe ser clara y concisa con el fin de que los colombianos la puedan responder con un sí o un no: “se debe evitar que la voluntad del ciudadano pueda ser manipulada o dirigida. Tampoco puede estar formulada de manera tal que induzca a la persona a una respuesta en un sentido específico".

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