Opinión.
Acerca de los efectos de la sentencia del TEDH en el caso Barbulescu: revisión de emails por parte de empleadores.
Se recomienda definir un protocolo de actuación donde debe quedar claro en qué momento la empresa puede monitorizar las herramientas del trabajador, siempre respetando la intimidad de éste.

La sentencia de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de 5 de septiembre de 2017, la llamada “Sentencia Barbulescu“, establece que las empresas deberán informar a sus trabajadores de sus políticas de control de herramientas informáticas antes de tomar medidas disciplinarias.
Esto luego de que, como se sostiene en la resolución, las autoridades rumanas no alcanzaron un justo equilibrio entre los intereses en juego y no han protegido correctamente el derecho del demandante al respeto de su vida privada y su correspondencia. Ese derecho está protegido por el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Asimismo, el fallo afirma que los tribunales no verificaron si el demandante había sido advertido por su empleador de la posibilidad de que sus comunicaciones fueran vigiladas, ni de la naturaleza y el alcance de esa vigilancia.
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